En la sesión de apertura de la reunión del Consejo que sigue a cada reunión ordinaria de la Conferencia General, el Consejo elegirá a un Presidente entre los 58 representantes de los Estados Miembros elegidos para el Consejo Ejecutivo. El Consejo elegirá también a seis Vicepresidentes entre sus miembros. El Presidente será elegido en votación secreta. Si el Presidente comprueba que no hay consenso con respecto a la elección de los Vicepresidentes, se procederá a una elección por votación secreta. El Presidente no podrá ser reelegido de inmediato. Al final del mandato de dos años del Presidente saliente se elegirá a un nuevo Presidente entre los representantes de los demás Miembros del Consejo. (Artículo 10)
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